CAPITULO II - DE LAS ACTIVIDADES

ARTICULO 3.- Para dar cumplimiento a los objetivos, el CIDIA programará y realizará las siguientes actividades, dentro del marco de las reglamentaciones actuales o futuras de la UNSa:

Científicas y Técnicas: El Centro desarrolla sus actividades científicas y técnicas, por medio de programas, proyectos y trabajos de investigación. El Centro brindará apoyo económico a los investigadores y proyectos en la medida de sus posibilidades,  coordinará y apoyará administrativamente a los mismos.

Cursos de especialización, actualización profesional y post-grado, a los fines de incrementar el nivel de conocimiento y facilitar así la formación continua  de los graduados en Informática. Los cursos de post-grado se orientan fundamentalmente a brindar el apoyo necesario a las Carreras de Post-grado, para lo cual se observa la reglamentación correspondiente en la Universidad.

Congresos y Reuniones Científicas: El Centro propicia, organiza y participa en aquellas reuniones científicas de diversa naturaleza que sean de interés a sus fines y objetivos, como un medio idóneo  para divulgar la actividad de sus investigadores, establecer relaciones y discutir problemas comunes.

Acciones y transferencias al medio: El CIDIA prestará asesoramiento científico y servicios técnicos, mediante convenios con otros organismos, instituciones o empresas en las circunstancias requeridas, cuando no existan en el medio disponibilidades profesionales competentes. De igual modo se compromete a la publicación  y difusión de las investigaciones realizadas.

Toda otra actividad que apruebe el Consejo de Gobierno.

ARTICULO 4.- Las actividades antes mencionadas y los logros en los objetivos propuestos, deben siempre ser volcados en la actividad docente, a fin de lograr de nuestros graduados la excelencia académica que les permitirá competir exitosamente en su vida laboral.